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Resolución General N° 5613/2024
Ciudad de Buenos Aires, 12 de Diicembre de 2024. VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2024-02834584- -AFIP-DVAYDV#DGADUA y CONSIDERANDO: Que el inciso A. apartado 1. del artículo 120 quáter del Código Aduanero -Ley N° 22.415 y sus modificaciones- establece que los organismos comprendidos en los incisos a) y b) del artículo 8° de la Ley N° 24.156 y sus modificaciones, deberán tramitar los permisos, autorizaciones y demás informaciones inherentes a las operaciones aduaneras que dicten para …