MERCADO DE CAMBIOS
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación “A” 7903
Buenos Aires, 30 de noviembre de 2023.
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:
-. Reemplazar el primer párrafo de la Comunicación “A” 7893 por el siguiente:
“ Establecer que los clientes que accedan al mercado de cambios para realizar pagos de servicios a no residentes quedarán exceptuados de convalidar la operación en el sistema informático “Cuenta Corriente Única de Comercio Exterior” implementado por la AFIP y de los plazos previstos en los puntos 1. y 2. de la Comunicación “A” 7746, en la medida que cuenten con una declaración SIRASE en estado “APROBADA” y el pago se concrete simultáneamente con una liquidación de un endeudamiento con el exterior que tenga una vida promedio no menor a 6 (seis) meses y no registre vencimientos de capital durante los primeros 3 (tres) meses desde la liquidación en el mercado de cambios”.
Asimismo, les informamos que posteriormente les haremos llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponderá incorporar en las normas de referencia.
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Oscar C. Marchelletta
Gerente Principal de Exterior y Cambio
María D. Bossio
Subgerenta General de Regulación Financiera