MERCADO DE CAMBIOS

Publicado por COMEXUD en

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Comunicación “A” 7686

Buenos Aires, 2 de febrero de 2023.

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución con vigencia a partir del 02.02.23:

-. Establecer que, en la medida que la operación de importación de bienes se encuentre asociada a una declaración en el Sistema de importaciones de la República Argentina (SIRA) en estado “SALIDA”, las siguientes posiciones arancelarias quedarán excluidas del listado previsto en el punto 10.10.1. de las normas de “Exterior y cambios”:

0710.10.00
0710.21.00
0710.22.00
0710.29.00
0710.30.00
0710.40.00
0710.80.00
0710.90.00
0712.20.00
0712.31.00
0712.32.00
0712.33.00
0712.39.00
0712.90.10
0712.90.90
0801.11.00
0801.12.00
0801.19.00
0801.22.00
0801.32.00
0802.11.00
0802.12.00
0802.22.00
0802.31.00
0802.32.00
0802.52.00
0802.70.00
0804.10.20
0804.20.20
0804.30.00
0804.40.00
0804.50.20
0810.40.00
0810.50.00
0810.70.00

Asimismo, les informamos que posteriormente les haremos llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponderá incorporar en las normas de referencia.Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Eva E. Cattaneo Tibis
Gerenta de Normas de Exterior y Cambios

Oscar C. Marchelletta
Gerente Principal de Exterior y Cambios

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