MERCADO DE CAMBIOS

Publicado por COMEXUD en

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Comunicación “A” 7595

Buenos Aires, 5 de septiembre de 2022.

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles para comunicarles que esta Institución adoptó la resolución que, en su parte pertinente, establece:

“- Disponer, con vigencia a partir del 5.9.22, que los clientes residentes en el país dedicados a la actividad agrícola que vendan mercaderías en el marco del Decreto N° 576/22 a quien realice su exportación en forma directa o como resultante de un proceso productivo realizado en el país (incluidos los sujetos indicados en la Comunicación “C” 93169), podrán depositar el importe neto en pesos percibido por dichas ventas en las “Cuentas especiales para titulares con actividad agrícola” previstas en el punto 3.13. de las normas sobre “Depósitos de ahorro, cuentas sueldo y especiales”.

A fin de acreditar el cumplimiento de las condiciones previstas por ese decreto, los clientes deberán presentar una declaración jurada ante la entidad financiera depositaria respecto de cada depósito y la documentación respaldatoria de la venta.”

Asimismo, les informamos que posteriormente les haremos llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponderá incorporar en las normas de referencia.

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Darío C. Stefanelli
Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas

María D. Bossio
Subgerenta General de Regulación Financiera

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