FERIA JUDICIAL

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TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN

Resolución N° 46/2021

Ciudad de Buenos Aires, 08 de julio de 2021.

VISTO la Acordada de fecha 7 de julio de 2021 (IF-2021-60761147-APN-TFN#MEC), y

CONSIDERANDO:

Que el Reglamento para la Justicia Nacional, aprobado por la Acordada de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN de fecha 17 de diciembre de 1952 y sus complementarias, dispone en su Artículo 4° para los Tribunales Federales la Feria Judicial en el mes de Enero y en el mes de Julio, en este último caso coincidente con las vacaciones escolares de invierno, de cada año calendario.

Que sin perjuicio de ello, los tribunales en feria despacharán los asuntos que no admitan demora.

Que con arreglo a lo previsto por el Alto Tribunal en la Acordada N° 30/84 –respecto de la coincidencia de la feria en ella establecida con las vacaciones escolares– se determina feriado judicial de diez (10) días hábiles (Acordadas Nros. 53/73, acápite 2°, y 24/88).

Que al respecto, mediante la Acordada N° 10 del 22 de junio de 2021, la Corte Suprema de Justicia de la Nación fijó feriado judicial para los tribunales federales y nacionales de la Capital Federal.

Que por su parte, el Artículo 3° del Reglamento del Procedimiento (texto aprobado por la Acordada N° 840/1993 del Tribunal Fiscal de la Nación) determina que durante el mes de enero y en el período en que la Corte Suprema de Justicia de la Nación implante feria, atento lo establecido en el Art. 152 de la Ley N° 11.683 y sus modificaciones, y en el Art. 1140 del Código Aduanero, funcionará como Tribunal de Feria a los efectos de atender únicamente en los recursos de amparo y en aquellos asuntos que no admitan demora.

Que en consonancia con lo expuesto, y al carácter federal de este Tribunal, se reunieron los Vocales miembros y se pronunciaron mediante la Acordada citada en el Visto, a efectos de considerar la integración de las Salas que funcionarán durante la Feria de invierno, entre los días 19 de julio al 1° de agosto del corriente año.

Que la presente medida se dicta a tenor de las facultades conferidas por los Artículos sin número (incorporado por el art. 227 de la Ley N° 27.430) del Capítulo I, Título II, 149 y 158, todos de la Ley Nº 11.683 (t.o. en 1998) y sus modificatorias.

Por ello,
LA VICEPRESIDENTE DEL TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN, EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA,
RESUELVE:

ARTÍCULO 1°- Proceder a publicar la Acordada de fecha 7 de julio de 2021, que como Anexo (IF-2021-60761147-APN-TFN#MEC) forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2º- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, divulgase en la página web del organismo, y archívese.

Cora Marcela Musso

ANEXO

Se reúnen los Vocales miembros del TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN, cuyas firmas obran al pie de la presente, con la presidencia del acto de la Dra. Cora M. MUSSO, vicepresidente en ejercicio de la presidencia, a efectos de considerar la integración de las Salas que funcionarán durante la Feria Judicial de invierno del año 2021, entre los días 19 de julio al 1° de agosto. Luego de un cambio de opiniones, los señores Vocales

ACORDARON:

ARTÍCULO 1°: Disponer que durante la feria judicial del período comprendido entre 19 de julio al 1° de agosto del año 2021, actúe como Sala de Feria con competencia impositiva la integrada por los Dres. Laura Amalia GUZMÁN (desde el 19 al 25 de julio inclusive), Viviana MARMILLON (desde el 19 al 25 de julio inclusive), Juan Carlos VICCHI (desde el 19 al 25 de julio inclusive), Claudio Esteban LUIS (desde el 26 de julio al 1° de agosto inclusive), Agustina O’DONNELL (desde el 26 de julio al 1° de agosto inclusive) y Pablo Alejandro PORPORATTO (desde el 26 de julio al 1° de agosto inclusive). Como Sala de Feria con competencia aduanera, actuará la integrada por los Dres. Claudia Beatriz SARQUIS (desde el 19 al 25 de julio inclusive), Pablo Adrián GARBARINO (desde el 19 al 25 de julio inclusive), Horacio Joaquín SEGURA (desde el 26 de julio al 1° de agosto inclusive), Christian Marcelo GONZÁLEZ PALAZZO (desde el 26 de julio al 1° de agosto inclusive), Cora Marcela MUSSO (desde el 19 de julio al 1° de agosto inclusive). La Mesa de Entradas y atención al público durante el período de feria judicial funcionará conforme lo dispuesto por la Acordada del 8 de septiembre de 2020.

ARTÍCULO 2°: Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y en la página web del organismo y archívese.

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